Términos del servicio

Cláusula Primera: Representación y Tutoría Legal

In el caso de que el Usuario/a sea menor de edad, no cuente con la capacidad plena para la toma de decisiones, o presente un estado de dependencia severa que le impida valerse por sí mismo, comparece en este acto en calidad de Tutor/a Legal Don/Doña _______________________________________________________________, Cédula Nacional de Identidad N° _______________________, en adelante el/la "Tutor/a". El/la Tutor/a asume la responsabilidad solidaria de las obligaciones financieras, operativas y de comunicación emanadas de este instrumento, y declara estar legalmente facultado para autorizar los procedimientos de salud que el paciente recibirá.

Cláusula Segunda: Canales de Comunicación Formal

Para la correcta ejecución del plan de tratamiento y resguardo de la trazabilidad de las actuaciones, se establece que toda notificación, agendamiento o requerimiento se canalizará exclusivamente a través de los siguientes datos de contacto vigentes: 

  • Dirección única de atención domiciliaria:

Calle:___________________________________________________________, Número:________________, Block/Departamento: _______________________, Comuna de _____________________________________.

·        Teléfono de contacto principal:         
Nombre: _________________________________________________________
Número: ___________________________________________

 

  • Correo electrónico del Usuario/Tutor:

____________________________________________________

  • Correo electrónico oficial de K-EMET: kinesiologiakemet@gmail.com

Cláusula Tercera: Idoneidad del Servicio y Requisitos de Admisión

La admisión al servicio de atención kinesiológica domiciliaria está sujeta al cumplimiento estricto de las siguientes condiciones copulativas:

1. Contar con una orden de derivación médica vigente, que especifique la necesidad y diagnóstico para las sesiones de kinesiología.

2. Disponer en el domicilio de un espacio físico mínimo, limpio, iluminado y seguro que permita el despliegue de los implementos terapéuticos necesarios.

Cláusula Cuarta: Exclusiones Técnicas y Clínicas

K-EMET se reserva el derecho de rechazar o interrumpir la atención de usuarios en los siguientes casos: a) Falta de orden médica de respaldo; b) Presencia de patologías de base clínicamente incompatibles con el abordaje kinesiológico ambulatorio; c) Requerimiento de procedimientos especializados que excedan las competencias del personal asignado, las limitaciones físicas del entorno o los recursos técnicos de la empresa.

Cláusula Quinta: Derechos del Usuario conforme a la Ley N° 20.584

El Usuario/a y su Tutor/a gozan de todos los derechos consagrados en la Ley N° 20.584, destacando de forma especial:

1. Recibir un trato digno, respetuoso y una atención de salud de calidad basada en la evidencia científica y protocolos vigentes.

2. Solicitar la plena identificación del profesional a cargo de su atención, quien se encontrará debidamente inscrito en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud.

3. Derecho a la información: a ser informado de manera clara sobre el diagnóstico, objetivos de la terapia, riesgos del tratamiento y a manifestar su consentimiento o rechazo voluntario a cualquier procedimiento.

Cláusula Sexta: Deberes del Usuario y Co-responsabilidad Terapéutica

El Usuario/a, su Tutor/a y toda persona que se encuentre en el domicilio al momento de la sesión, se obligan a: a) Dispensar un trato respetuoso y digno al profesional de la salud; b) Entregar información fidedigna, completa y oportuna sobre los antecedentes clínicos del Paciente; c) Seguir de manera responsable las instrucciones de autocuidado indicadas; d) Garantizar la permanencia de un adulto responsable en el hogar durante la sesión si el paciente es menor de edad o dependiente; e) Facilitar la disposición final de los desechos no peligrosos generados durante la atención.

Cláusula Séptima: Proceso de Validación y Pago Anticipado

El agendamiento definitivo de las sesiones requerirá la validación previa de los antecedentes clínicos por parte del equipo de K-EMET. Confirmada la factibilidad técnica, el Usuario/a deberá proceder al pago del 100% del valor del plan o sesión contratada con a lo menos 24 horas de anticipación al inicio de la primera atención. El pago se realizará única y exclusivamente mediante medios electrónicos provistos oficialmente por K-EMET (transferencias electrónicas, Flow o Transbank). No se aceptará dinero en efectivo bajo ninguna circunstancia.

Cláusula Octava: Consecuencias del Incumplimiento de Pago

La falta de pago oportuno facultará a K-EMET a suspender de forma inmediata la prestación de los servicios sin incurrir en responsabilidad alguna. Las sesiones ejecutadas con anterioridad al incumplimiento se entenderán debidamente devengadas y cobradas de pleno derecho.

Cláusula Novena: Estructura y Duración de las Sesiones

La primera sesión tendrá un carácter mixto que contempla la recopilación de antecedentes, anamnesis y evaluación kinesiológica inicial, con una duración aproximada de hasta 60 minutos. Las sesiones subsiguientes de tratamiento tendrán una duración aproximada entre 30 a 45 minutos. Los tiempos asignados comprenden las fases de ingreso al domicilio, recibimiento, acondicionamiento del entorno, sanitización del material, evaluación,  ejecución terapéutica, registro clínico en ficha ,retiro de materiales, sanitización, cierre y despedida del profesional.        

Cláusula Décima: Insumos, Equipamiento y Logística

K-EMET proveerá las herramientas básicas requeridas para la sesión (tales como martillo de reflejos, cinta métrica u otros correspondientes), los cuales son de propiedad exclusiva de la empresa y se retirarán una vez finalizada la atención. Si el criterio clínico del profesional determina la conveniencia de incorporar insumos complementarios de uso personal y permanente para el paciente (ej. bandas elásticas personales, balones de ejercicio, calzado técnico), su adquisición será de cargo exclusivo del Usuario/a. En caso de que se agende una sesión y los materiales individuales recomendados no estén disponibles, impidiendo realizar las actividades planificadas, la sesión se computará y cobrará de igual forma al haberse desplazado el profesional al punto de atención.

Cláusula Undécima: Rotación del Personal Profesional

K-EMET dispone de un staff multidisciplinario de kinesiólogos legalmente habilitados. Aunque la empresa realizará los esfuerzos razonables por mantener la continuidad de un mismo profesional a lo largo del plan de tratamiento, no garantiza la asignación exclusiva de un único prestador, quedando facultada para realizar relevos o suplencias fundadas en motivos operacionales, geográficos o de fuerza mayor.

Cláusula Duodécima: Rangos de Llegada y Gestión de Atrasos

Considerando la naturaleza variable del transporte urbano en Santiago, se establece un margen estimativo de llegada al domicilio de hasta 120 minutos dentro del bloque horario informado el día previo. En el mismo día de la sesión, se dará aviso cuando el kinesiólogo se encuentra en destino a su lugar de atención (tiempo en el cual le pedimos su colaboración para preparar el área de trabajo y al paciente y no retrasar su atención ni la de otros pacientes). En caso de concurrir un caso fortuito o de fuerza mayor (accidentes de tránsito, emergencias sanitarias previas), K-EMET notificará a la brevedad para efectuar la reprogramación de la sesión. Si el profesional llega dentro del rango establecido y el paciente no se encuentra listo, se otorgará una tolerancia máxima de 10 minutos de espera; transcurrido dicho plazo, el tiempo de retraso se deducirá de la duración total de la sesión correspondiente.

Cláusula Decimotercera: Políticas de Reprogramación y Cancelación

El Usuario/a podrá solicitar la reprogramación de una hora asignada sin costo alguno, siempre que lo comunique en días y horas hábiles (Lunes a Jueves de 09:00 a 18:00 horas) y con una anticipación mínima de 24 horas al inicio de la ruta informada. Las solicitudes fuera de dicho plazo o la inasistencia del paciente al momento de la llegada del kinesiólogo implicarán la pérdida irrevocable de la sesión, computándose como ejecutada para todos los efectos comerciales.

Cláusula Decimocuarta: Término Anticipado y Política de Devoluciones

En caso de mediar una indicación médica sobrevenida o un evento de fuerza mayor debidamente acreditado que impida la continuidad del tratamiento de forma definitiva, el Usuario/a tendrá derecho a la restitución íntegra del valor correspondiente a las sesiones no ejecutadas, sin penalizaciones.contrato. Si el término anticipado del plan de tratamiento responde a un desistimiento voluntario y unilateral por parte del Usuario/a o su Tutor/a, se procederá al reembolso de las sesiones pendientes no utilizadas, deduciéndose un 5% del valor bruto de dicho saldo por concepto de gastos operacionales, comisiones de la pasarela de pago y gestión administrativa de mitigación. Las devoluciones autorizadas se materializarán mediante transferencia electrónica en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud formal vía correo electrónico.      

Asimismo, si ante la llegada del kinesiólogo se evidencia una situación de urgencia médica que requiera derivación inmediata a un centro hospitalario sin alcanzarse a realizar terapia física, se devengará el cobro íntegro de la sesión por concepto de evaluación diagnóstica, criterio profesional y movilización logística.

Cláusula Decimoquinta: Reembolso en Instituciones de Salud (Isapres)

K-EMET emitirá la correspondiente boleta de servicios profesionales exenta de IVA (conforme a la Ley N° 21.420 para servicios de salud) una vez concluido el ciclo de sesiones contratado o según avance acordado. En dicho documento se desglosarán las fechas de atención y los códigos de prestaciones homólogos del arancel de salud privado, esta documentación se otorga con el fin de facilitar que los afiliados a Isapres en convenio —incluyendo Consalud, Colmena, Banmédica, Vida Tres, Cruz Blanca, Fundación Banco Estado y Fusat— puedan gestionar el respectivo reembolso directamente ante su institución previsional de salud.

El Usuario/a declara comprender que la factibilidad, porcentajes de cobertura, topes monetarios, bonificaciones o eventuales rechazos administrativos son de su exclusiva responsabilidad y dependen estrictamente del plan de salud complementario contratado con su Isapre. K-EMET no asume responsabilidad civil, financiera ni administrativa ante las liquidaciones que determine la aseguradora, rigiéndose el cobro del servicio por los valores particulares informados y aceptados en este acto.

Cláusula Decimosexta: Protección de Datos Personales y Datos Sensibles

En estricto cumplimiento de la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, K-EMET se obliga a tratar los datos de salud y antecedentes clínicos del Usuario/a de forma absolutamente confidencial y bajo estrictas medidas de seguridad técnica. El Usuario/a autoriza expresamente el tratamiento e incorporación de sus datos en la Ficha Clínica obligatoria regulada por el Decreto N° 41 del Ministerio de Salud. Estos datos no podrán ser transmitidos a terceros ajenos a la prestación médica sin autorización expresa del titular.

Cláusula Decimoséptima: Solución de Controversias y Jurisdicción

Ante cualquier duda, discrepancia o conflicto derivado de la interpretación, validez o ejecución de este contrato, las partes acuerdan someterse en primera instancia a un proceso de mediación directa y amistosa. De persistir la controversia, las partes prorrogan competencia para ante los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de Santiago de Chile.        

Cláusula Decimoctava.- Recomendaciones Higiénicas y Vestimenta

Para el óptimo desarrollo de las maniobras y resguardo de la higiene, se recomienda al usuario vestir ropa holgada, limpia y preferentemente de algodón, que permita una amplia movilidad de la zona anatómica a tratar, evitando elementos rígidos o cremalleras que puedan lesionar la piel. Se solicita retirar joyas, relojes u objetos que interfieran con la terapia, así como informar de manera obligatoria al kinesiólogo sobre alergias cutáneas, uso de cremas o cualquier alteración dermatológica previa al inicio de la sesión.

Cláusula Decimonovena.- Accesibilidad Y Logística De Estacionamiento:         

Con el propósito de realizar sus sesiones sin inconvenientes y facilitar el traslado, agradecemos su colaboración para coordinar o dar aviso previo sobre la disponibilidad de estacionamiento en el domicilio (como espacios de visitas o sectores habilitados). Indicarnos estas facilidades o alternativas con anticipación nos permite optimizar los tiempos de llegada, evitando retrasos e inconvenientes logísticos para dar inicio oportuno a su atención.

Cláusula Decimoctava: Declaración de Consentimiento Clínico y Contractual

El Usuario/a y/o su Tutor/a legal declaran bajo firma que han leído minuciosamente el presente instrumento, comprendiendo a cabalidad sus términos comerciales, operativos y de seguridad. Asimismo, declaran haber tenido la oportunidad de formular preguntas, recibiendo respuestas satisfactorias sobre los alcances y riesgos naturales de la terapia física domiciliaria (tales como fatiga transitoria, dolor muscular post-sesión o eritemas leves por agentes físicos), otorgando su consentimiento libre, informado y voluntario para el inicio de las prestaciones.